Artículo 14 bis 3.- Los fondos de inversión no podrán emitir acciones de goce ni pactar lo previsto en el artículo de la .
Los fondos de inversión podrán mantener acciones en tesorería que serán puestas en circulación en la forma y términos que señale el consejo de administración de la sociedad operadora de fondos de inversión que proporcione sus servicios.
Artículo adicionado DOF